ETICA PARA AMADOR.
La ética no es otra cosa que el saber comportarse en la sociedad o el entorno que lo rodea. Hay algunos que nacen con ella pero no la aprovechan y ese don se opaca en un sentido de que jamás conocen y percatan el buen vivir en la sociedad, pero existen otro tipo de persona que al nacer no la posee pero la desarrolla hasta un punto que son respetados y admirados en el medio en que se desenvuelven.
Este libro nos ayudara a reflexionar de como debemos manejar nuestra vida aunque esta es la parte negativa para mi criterio en este libro que nos dicen como debemos comportarnos y en varios lapsos de la lectura me senti manipulado y es una contradiccion que no entiendo, pero tratare de desifrar a medida que valla trascurriendo mi vida.
Se hace énfasis en aspectos como la libertad, el respeto, la moral, las costumbres, la cultura, las ordenes, la alegría, el egoísmo, la responsabilidad, la amistad, el miedo y otros valores que complementan un individuo que se sesenvuelva en la sociedad sin ningun tipo de problema. Aunque sabemos que estos van a existir en todo momento debemos enfrentarlos y superarlos como buenos guerreros.
En resumen y conclusion haber leido y poner en practica todo lo que dice este libro nos hace comprometernos a cada dia colocar un granito para el cambio total no solo en los que nos rodean sino a toda la humanidad para vivir en un mundo lleno de felicidad.
domingo, 26 de agosto de 2007
martes, 21 de agosto de 2007
EL MERCOSUR
MERCOSUR
Es una Organización regional creada por el Tratado de Asunción (1991) para el establecimiento de un mercado común en Sudamérica. Tiene su origen en un acuerdo bilateral de comercio firmado por Argentina y Brasil en 1986, el cual se amplió en 1990 para formar una zona de libre comercio. El MERCOSUR pretende crearlo mediante la reducción de aranceles entre los países miembros (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay). También trata de adoptar políticas regionales de comercio, integrar recursos, dotar a la región de más influencia en la esfera comercial y actuar como precursor en el desarrollo de una zona de libre comercio en el hemisferio occidental.
El 1 de enero de 1995 el MERCOSUR entró en vigor. Ese mismo año, la organización vivió importantes momentos para su consolidación y ampliación, tras ser firmado en junio un acuerdo de libre comercio con Chile (que gozaba de la condición de miembro asociado desde agosto de 1994) y un acuerdo de asociación con Bolivia en diciembre, mes en el que también se alcanzaron e iniciaron proyectos de cooperación con la Unión Europea. El Mercado Común del Sur es un ambicioso proyecto de integración económica, en el cual se encuentran comprometidos Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
Tiene como principal objetivo, aumentar el grado de eficiencia y competitividad de las economías involucradas ampliando las actuales dimensiones de sus mercados y acelerando su desarrollo económico mediante el aprovechamiento eficaz de los recursos disponibles, la preservación del medio ambiente, el mejoramiento de las comunicaciones, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de sus economías.La Secretaría Administrativa Permanente del MERCOSUR se encuentra en Montevideo (Uruguay).
Principales objetivos del MERCOSUR: Con la firma del Tratado de Asunción quedó constituido a comienzos de 1991 el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) entre la Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. En junio de ese año se firmó el acuerdo "Cuatro más uno" con la adhesión de los EE.UU.
El MERCOSUR se constituye para compatibilizar la integración regional entre Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay, además de constituir una zona de libre comercio. Es una muestra de interés que tienen los países latinoamericanos en profundizar sus relaciones comerciales, articular progresivamente sus economías y buscar soluciones a sus problemas comunes de crecimiento y desarrollo.
Entre los objetivos generales del MERCOSUR se incluyen:
_*La libre circulación entre los países miembros, de bienes, servicios y factores de la producción mediante la supresión de los aranceles aduaneros y las restricciones no arancelarias._*El establecimiento de aranceles externos comunes._*La coordinación de posiciones en los foros económicos internacionales._*Junto con el crecimiento del comercio multilateral, esta asociación busca potenciar las ventajas comparativas de cada país y la inserción de la región en el mundo. Esto implica mucho más que la desgravación arancelaria, ya que supone acordar estrategias comunes en materia de política de comercio exterior, industrial y agrícola, así como de las políticas económicas y sociales que permitan reestructurar conjuntamente las economías y lograr mayor compatibilidad con nivel internacional.
La conformación de un Mercado Común es una respuesta adecuada a la consolidación de grandes espacios económicos en el mundo y a la necesidad de lograr una adecuada inserción internacional. Siempre y cuando estas sean las intenciones verdaderas. Pero para la creación de dicho mercado es necesario tener mínimas condiciones de igualdad, sino en lugar de lograr el crecimiento de la región en su conjunto, lo único que se logrará será un enriquecimiento de un sector del mismo y un empobrecimiento del otro
Exposiciones
ONU
La organización de las naciones unidas es una organización que se encarga de buscar la paz, la solidaridad en el mundo con sede en los estados unidos precisamente en Nueva York pero es una organización que es manipulada por las influencias del gobierno de los estados unidos y esto lo que hace nacer la duda de esta gran organización la conforman 184 paises de todo el globo. Tambien es una organización que le da sugerencias a los distintos tipos de gobiernos del mundo pero no tiene el poder de intervenirlos.
La organización de las naciones unidas es una organización que se encarga de buscar la paz, la solidaridad en el mundo con sede en los estados unidos precisamente en Nueva York pero es una organización que es manipulada por las influencias del gobierno de los estados unidos y esto lo que hace nacer la duda de esta gran organización la conforman 184 paises de todo el globo. Tambien es una organización que le da sugerencias a los distintos tipos de gobiernos del mundo pero no tiene el poder de intervenirlos.
Hecho Juridico
Tema XI.
El hecho juridico.
Es todo acontencimiento que hace hacer transmitir, modificar o extinguir un hecho es todo aquel que tiene consecuencia, un hecho material sera considerado como juridico en cuanto este previsto en un supuesto de hecho de una norma juridica. Se puede decir entonces que en la base de toda norma juridica hay siempre un hecho juridico por ejemplo el hecho de la muerte sera considerado como juridico en cuanto existan una serie de normas como supuesto primario.
Clases de hechos juridicos:
Por su complejidad.
Por su contenido.
Por el agente que lo produce.
Casualidad juridica: es la causa efecto en tanto que como causa aparecen el supuesto de hecho, hecho juridico, la consecuencia juridica y el cumplimiento de la misma. Y el efecto es que pueden aparecer muchos supuestos de hechos o hipótesis todo esto se dara a traves de la libertad humana, los adelantos tecnologicos, los naturales y los juridicos.
Hecho naturales: son aquellos que no tienen relevancia para el derecho, ya que no se encuentran previstas como una norma juridica.
Hecho juridico.
Hechos independientes de la voluntad del hombre: todos los acontecimientos naturales o accidentales que extrañan de por si consecuencias jurídicas por ejemplo la muerte cuando ocurre de manera dependiente a nuestra voluntad, la minoridad, el parentesco, o el transcurso del tiempo.
hechos dependientes de la voluntad del hombre: son todos los acontecimientos del hombre que tienen por consecuencia hacer, nacer, modificar, transmitir o extinguir un derecho. También existen hechos juridicos ilícitos que es el que manifiesta una sancion desfavorable a los hechos del autor y atentan contra los intereses económicos o particulares de otros y el hecho licito es aquel que después de hacerse para remediarse tiene que seguir unos pasos que dictaminen la ley como por ejemplo los contratos, la adopción, y el matrimonio.
Acto ilicito civil: tiene por consecuencia desfavorable una sancion pecuniaria sin cárcel pero debe responder al agraviado y no existe el animus nocendi que es el acto de cometer las cosas.
Acto ilicito penal: tiene por consecuencia desfavorable una sanción penal de diferencia del acto civil porque se presenta el animus nocendi como lo dice en el art. 1081 que dice que toda persona que le causa un daño a otra esta en la obligación de responderle al agraviado.
El hecho juridico.
Es todo acontencimiento que hace hacer transmitir, modificar o extinguir un hecho es todo aquel que tiene consecuencia, un hecho material sera considerado como juridico en cuanto este previsto en un supuesto de hecho de una norma juridica. Se puede decir entonces que en la base de toda norma juridica hay siempre un hecho juridico por ejemplo el hecho de la muerte sera considerado como juridico en cuanto existan una serie de normas como supuesto primario.
Clases de hechos juridicos:
Por su complejidad.
Por su contenido.
Por el agente que lo produce.
Casualidad juridica: es la causa efecto en tanto que como causa aparecen el supuesto de hecho, hecho juridico, la consecuencia juridica y el cumplimiento de la misma. Y el efecto es que pueden aparecer muchos supuestos de hechos o hipótesis todo esto se dara a traves de la libertad humana, los adelantos tecnologicos, los naturales y los juridicos.
Hecho naturales: son aquellos que no tienen relevancia para el derecho, ya que no se encuentran previstas como una norma juridica.
Hecho juridico.
Hechos independientes de la voluntad del hombre: todos los acontecimientos naturales o accidentales que extrañan de por si consecuencias jurídicas por ejemplo la muerte cuando ocurre de manera dependiente a nuestra voluntad, la minoridad, el parentesco, o el transcurso del tiempo.
hechos dependientes de la voluntad del hombre: son todos los acontecimientos del hombre que tienen por consecuencia hacer, nacer, modificar, transmitir o extinguir un derecho. También existen hechos juridicos ilícitos que es el que manifiesta una sancion desfavorable a los hechos del autor y atentan contra los intereses económicos o particulares de otros y el hecho licito es aquel que después de hacerse para remediarse tiene que seguir unos pasos que dictaminen la ley como por ejemplo los contratos, la adopción, y el matrimonio.
Acto ilicito civil: tiene por consecuencia desfavorable una sancion pecuniaria sin cárcel pero debe responder al agraviado y no existe el animus nocendi que es el acto de cometer las cosas.
Acto ilicito penal: tiene por consecuencia desfavorable una sanción penal de diferencia del acto civil porque se presenta el animus nocendi como lo dice en el art. 1081 que dice que toda persona que le causa un daño a otra esta en la obligación de responderle al agraviado.
Objeto de derecho
Tema X.
El objeto de derecho.
Se llama objeto de derecho todo lo que no se presenta existiendo fuera del sujeto, tanto las cosas materiales como las inmateriales y las acciones humanas, las relaciones jurídicas nos lleva a reunir las entidades susceptibles a ser objeto de derecho.
El objeto de derecho es un sentido amplísimo ya que hay que reconocerle el merito de haberse adelantado a la protección de las obras y en un sentido menos amplio ya que todo lo existe en el mundo exterior y fuera del hombre por ejemplo esta situación se presentaba en roma ya que algunas personas esclavas eran tratadas como objeto de derecho ya que los cambian como cambiar una cosa por otra.
Las cosas susceptibles de ser materia de una relación juridica, quedando incluidas todas las categorías que se conocen corporales, incorporables, fungibles e infungible, muebles, inmuebles entre otros.
El comportamiento humano manifiesta en una acción o emisión, la propia persona es la que se relaciona con el derecho, apartir de aquí esta plasmado por el codigo civil apartir del art. 525.
El objeto de derecho.
Se llama objeto de derecho todo lo que no se presenta existiendo fuera del sujeto, tanto las cosas materiales como las inmateriales y las acciones humanas, las relaciones jurídicas nos lleva a reunir las entidades susceptibles a ser objeto de derecho.
El objeto de derecho es un sentido amplísimo ya que hay que reconocerle el merito de haberse adelantado a la protección de las obras y en un sentido menos amplio ya que todo lo existe en el mundo exterior y fuera del hombre por ejemplo esta situación se presentaba en roma ya que algunas personas esclavas eran tratadas como objeto de derecho ya que los cambian como cambiar una cosa por otra.
Las cosas susceptibles de ser materia de una relación juridica, quedando incluidas todas las categorías que se conocen corporales, incorporables, fungibles e infungible, muebles, inmuebles entre otros.
El comportamiento humano manifiesta en una acción o emisión, la propia persona es la que se relaciona con el derecho, apartir de aquí esta plasmado por el codigo civil apartir del art. 525.
Sujeto de derecho
Tema IX.
Sujeto de derecho.
Son todas aquellas personas capaces de obligarse y ser obligados esto es un sujeto de derecho, el hombre es sujeto de derecho porque su vida y su actividades relaciona con los valores. Como lo dice en el codigo civil Venezolano en el articulo 15 todo aquella persona que nazca será capaz de gozar y cumplir los deberes que existen en la ley también de aprovechar todos los derechos que le dan por ser una persona. Todas las personas son libres de hacer lo que quiera aunque en algunas naciones aun existe la esclavitud.
En el articulo 16 del codigo civil de Venezuela dice que todos los individuos de la especie humana son personas naturales, y el 17 dice que el feto se tendrá como nacido para su bien que no valla a tener consecuencias después de nacido. El 18 dice que toda persona mayor de edad es capaz de ejercer en cualquier ámbito pero con algunas limitaciones. El 19 dice que las personas jurídicas son todas aquellas ligadas al bien común.
Capacidad de goce: como lo dije anteriormente esta es la posibilidad de llegar a ser titular de algunos vínculos, esta se refiere no solo a los derechos sino también a los deberes juridicos y de gozar y disfrutar pero teniendo en cuanta que hay normas que se deben respetar.
La docimasia: era lo que hacían los romanos con los individuos que tenían mal formaciones en su nacimiento y por eso era que no existían tantas personas anormales en Europa.
Sujeto de derecho.
Son todas aquellas personas capaces de obligarse y ser obligados esto es un sujeto de derecho, el hombre es sujeto de derecho porque su vida y su actividades relaciona con los valores. Como lo dice en el codigo civil Venezolano en el articulo 15 todo aquella persona que nazca será capaz de gozar y cumplir los deberes que existen en la ley también de aprovechar todos los derechos que le dan por ser una persona. Todas las personas son libres de hacer lo que quiera aunque en algunas naciones aun existe la esclavitud.
En el articulo 16 del codigo civil de Venezuela dice que todos los individuos de la especie humana son personas naturales, y el 17 dice que el feto se tendrá como nacido para su bien que no valla a tener consecuencias después de nacido. El 18 dice que toda persona mayor de edad es capaz de ejercer en cualquier ámbito pero con algunas limitaciones. El 19 dice que las personas jurídicas son todas aquellas ligadas al bien común.
Capacidad de goce: como lo dije anteriormente esta es la posibilidad de llegar a ser titular de algunos vínculos, esta se refiere no solo a los derechos sino también a los deberes juridicos y de gozar y disfrutar pero teniendo en cuanta que hay normas que se deben respetar.
La docimasia: era lo que hacían los romanos con los individuos que tenían mal formaciones en su nacimiento y por eso era que no existían tantas personas anormales en Europa.
Relacion Juridica
Tema VIII.
La relacion juridica.
Es un hecho o situación que por si va a traer una consecuencia, una relacion juridica la conforman dos partes las personas y un supuesto hecho que es llamado hipótesis y estas derivan consecuencias obligatorias y la integra dos elementos:
Material: es la relacion humana de hecho en otra palabras la relacion de una persona con un caso.
Formal: es la norma juridica que reconoce la relacion humana y deriva las consecuencia que trae esta misma.
Objeto: es todo aquello sobre el cual recae la relacion juridica.
Elementos de la relación juridica: estos lo reduce a un sujeto activo, uno pasivo, y un vinculo de atribución o hipótesis y para completarla un objeto que va hacer la razon de la relación juridica.
Personal: integrado por los sujetos activos y pasivos que intervienen en una relacion.
Condicionante: va a representar el hecho que genera el acto juridico.
Normativo: le da la investidura formal juridica.
Causal: se refiere al interes social que genere la relacion.
Subjetivo: es la relacion del sujeto activo y el deber activo.
Objetivo:
Coactivo: es el que haga que se cumplan las normas.
Clasificacion de las normas juridicas: de acuerdo con su estructura se clasifican en simples y complejas, las simples son aquellas que muestran la relacion de un solo vinculo de la relacion mientras que las complejas son aquellas que relaciona dos o mas vinculos.
Por el acuerdo de voluntades las relaciones juridicas seran convencionales y por su contenido se habla de relaciones juridicas de naturaleza publica que refiere a la organización del estado y relacion entre particulares. Mientras que las de naturaleza privada se dan entre particulares y entre el estado.
La relacion juridica.
Es un hecho o situación que por si va a traer una consecuencia, una relacion juridica la conforman dos partes las personas y un supuesto hecho que es llamado hipótesis y estas derivan consecuencias obligatorias y la integra dos elementos:
Material: es la relacion humana de hecho en otra palabras la relacion de una persona con un caso.
Formal: es la norma juridica que reconoce la relacion humana y deriva las consecuencia que trae esta misma.
Objeto: es todo aquello sobre el cual recae la relacion juridica.
Elementos de la relación juridica: estos lo reduce a un sujeto activo, uno pasivo, y un vinculo de atribución o hipótesis y para completarla un objeto que va hacer la razon de la relación juridica.
Personal: integrado por los sujetos activos y pasivos que intervienen en una relacion.
Condicionante: va a representar el hecho que genera el acto juridico.
Normativo: le da la investidura formal juridica.
Causal: se refiere al interes social que genere la relacion.
Subjetivo: es la relacion del sujeto activo y el deber activo.
Objetivo:
Coactivo: es el que haga que se cumplan las normas.
Clasificacion de las normas juridicas: de acuerdo con su estructura se clasifican en simples y complejas, las simples son aquellas que muestran la relacion de un solo vinculo de la relacion mientras que las complejas son aquellas que relaciona dos o mas vinculos.
Por el acuerdo de voluntades las relaciones juridicas seran convencionales y por su contenido se habla de relaciones juridicas de naturaleza publica que refiere a la organización del estado y relacion entre particulares. Mientras que las de naturaleza privada se dan entre particulares y entre el estado.
fuentes del derecho
Tema VII.
Las fuentes del derecho.
Fuente son los principios medios, modos, maneras o procedimientos por las cuales se elaboran las reglas del derecho positivo.
Clases:
Directas u obligatorias: son aquellas de las cuales nacen las obligaciones por ejemplo la ley de los contratos.
Indirectas o suplementarias: están conformadas por las costumbres y la practica administrativa del derecho.
Formales: es el proceso es que se manifiestan la creación de las normas jurídicas ejemplo la ley, la costumbre y la jurisprudencia.
Reales: son los factores, acontecimientos, circunstancias y motivos que determinan lo que contiene una ley.
Estas clases de fuentes se clasifican en fuentes complementarias y son las fuentes de donde nace el derecho.
Existen dos tipos de costumbre juridica y social, la social es la forma del comportamiento del hombre y la juridica es la observación y de una regla de conducta por los hombres que conforman una sociedad y esta pasa a ser obligatoria para su cumplimiento. Kelsen opina que la costumbre es obligatoria en el momento que es reconocida por el estado y Geny dice que la costumbre es obligatoria cuando se unen estos dos elementos lo social y lo juridico. En Venezuela no se hace mención que la costumbre es obligatoria en las fuentes del derecho sino como impacto social como lo dice el codigo civil.
La jurisprudencia: estas son las distintas sentencias que se hacen en los diferentes tribunales de la republica. En Venezuela la jurisprudencia depende de las partes que intervienen en un juicio.
La fuente del derecho deriva 9 principios llamados generales del derecho estos son:
Equidad. “Lo que no esta permitido jurídicamente esta permitido ilícitamente.
Igualdad.
Generalidad.
In dubio-pro reo.
Irretroactividad.
Irrenunciabilidad.
El bien común.
La justicia.
Las fuentes del derecho.
Fuente son los principios medios, modos, maneras o procedimientos por las cuales se elaboran las reglas del derecho positivo.
Clases:
Directas u obligatorias: son aquellas de las cuales nacen las obligaciones por ejemplo la ley de los contratos.
Indirectas o suplementarias: están conformadas por las costumbres y la practica administrativa del derecho.
Formales: es el proceso es que se manifiestan la creación de las normas jurídicas ejemplo la ley, la costumbre y la jurisprudencia.
Reales: son los factores, acontecimientos, circunstancias y motivos que determinan lo que contiene una ley.
Estas clases de fuentes se clasifican en fuentes complementarias y son las fuentes de donde nace el derecho.
Existen dos tipos de costumbre juridica y social, la social es la forma del comportamiento del hombre y la juridica es la observación y de una regla de conducta por los hombres que conforman una sociedad y esta pasa a ser obligatoria para su cumplimiento. Kelsen opina que la costumbre es obligatoria en el momento que es reconocida por el estado y Geny dice que la costumbre es obligatoria cuando se unen estos dos elementos lo social y lo juridico. En Venezuela no se hace mención que la costumbre es obligatoria en las fuentes del derecho sino como impacto social como lo dice el codigo civil.
La jurisprudencia: estas son las distintas sentencias que se hacen en los diferentes tribunales de la republica. En Venezuela la jurisprudencia depende de las partes que intervienen en un juicio.
La fuente del derecho deriva 9 principios llamados generales del derecho estos son:
Equidad. “Lo que no esta permitido jurídicamente esta permitido ilícitamente.
Igualdad.
Generalidad.
In dubio-pro reo.
Irretroactividad.
Irrenunciabilidad.
El bien común.
La justicia.
Ambito temporal y espacial de la norma juridica
Tema VI.
Ámbito temporal y espacial de la norma jurídica.
Ámbito temporal: es el tiempo y principio general de nuestra legislación señalado en el código civil, hay leyes que tienen principio y un fin y son erogadas por otras por ejemplo la ley de impuestos al debito bancario. En otras palabras si se produce una nueva ley no se puede usar en el pasado solo a partir del momento que es creada siempre las leyes debe ir favoreciendo al reo solo en el caso de trafico inturfacientes. Por ejemplo un individuo que se convierta en traficante de sustancias prohibidas a este le beneficiaria una nueva ley que lo libre de su condena solo en su propio beneficio.
Ámbito espacial: este principio sostiene que todo sistema jurídico existente es vigente dentro de su territorio, ningún sistema jurídico de un país puede interpononerse entre otro sistema jurídico ya que cada país es autónomo. El derecho internacional se le pueden aplicar distintos códigos como por ejemplo el código de Bastamente o también la carta democrática esto si hay problemas dentro de un país.
Ámbito temporal y espacial de la norma jurídica.
Ámbito temporal: es el tiempo y principio general de nuestra legislación señalado en el código civil, hay leyes que tienen principio y un fin y son erogadas por otras por ejemplo la ley de impuestos al debito bancario. En otras palabras si se produce una nueva ley no se puede usar en el pasado solo a partir del momento que es creada siempre las leyes debe ir favoreciendo al reo solo en el caso de trafico inturfacientes. Por ejemplo un individuo que se convierta en traficante de sustancias prohibidas a este le beneficiaria una nueva ley que lo libre de su condena solo en su propio beneficio.
Ámbito espacial: este principio sostiene que todo sistema jurídico existente es vigente dentro de su territorio, ningún sistema jurídico de un país puede interpononerse entre otro sistema jurídico ya que cada país es autónomo. El derecho internacional se le pueden aplicar distintos códigos como por ejemplo el código de Bastamente o también la carta democrática esto si hay problemas dentro de un país.
normas juridicas
TEMA V.
Normas jurídica.
Ley: según el articulo 202 de la Constitución Bolivariana de Venezuela dice que la ley es el acto sancionado por la asamblea nacional como cuerpo legislador. Las leyes que regulan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos.”es la permanencia en el acontecer y devenir esto se traduce en ley.
Las normas: estas pueden ser de diversas clases de acuerdo al sistema que pertenezcan, las normas no son otra cosa que la regulación de vida humana de una sociedad estas expresan un deber porque es como un estilo de regla de conducta obligatoria que busca el debe ser.
Normas naturales: formulan imperativamente los deberes ordenadas al bien personal del hombre.
Normas jurídicas: son aquellas que expresan los deberes ordenados a la perfección de la vida humana social en otras palabras el bien común el sentirse seguro y respaldado en muchos ámbitos de la vida.
Normas religiosas: son aquellas que formulan los deberes al bien sobrenatural donde debe existir el respeto sobre el hombre, considerando este como ser divino a Dios.
Características de las normas jurídicas: estas se enlazan con las distinciones del sistema jurídico normativo.
Abstracción: esta dice que es aplicable a todo excluyendo a individuos y particulares por ejemplo la Constitución Nacional.
Imperatividad: es cuando las leyes explican o traducen un mandato de cómo va hacer este mismo por las normas que se regirá.
Legitimidad: esta es organizada por los órganos legislativos pertinentes.
Sanción: es una consecuencia jurídica que se le aplica a todos aquellos que incumplan con la ley o tengan una conducta no deseada dentro de una sociedad.
La pirámide de Kelsen.
Esta pirámide fue diseñada para que halla una jerarquía con las leyes y cada una tenga su propia peso a la hora de ejecutar las leyes. Esta refleja a la constitución nacional como ley suprema de cualquier país y la denomino por el rango constitucional, siguiéndole las leyes orgánicas con rango legal por ejemplo el código civil, la lopna, las leyes ordinarias con rango sub. legal son todos aquellas leyes y demás que son hechas por la asamblea nacional, en otro escalafón se encuentran los reglamentos y otros.
Clasificación de las normas jurídicas: existen muy variados criterios de división de las normas jurídicas:
Nacionales: son aquellas que se pueden ejecutar dentro del territorio nacional
Extranjeras: son las que son creadas fuera de nuestro territorio y por lo tanto Venezuela no las podrá ejecutar.
Derecho uniforme: son las que desarrollan dentro de los sindicatos, huelgas, tratados internacionales.
Normas jurídica.
Ley: según el articulo 202 de la Constitución Bolivariana de Venezuela dice que la ley es el acto sancionado por la asamblea nacional como cuerpo legislador. Las leyes que regulan sistemáticamente las normas relativas a determinada materia se podrán denominar códigos.”es la permanencia en el acontecer y devenir esto se traduce en ley.
Las normas: estas pueden ser de diversas clases de acuerdo al sistema que pertenezcan, las normas no son otra cosa que la regulación de vida humana de una sociedad estas expresan un deber porque es como un estilo de regla de conducta obligatoria que busca el debe ser.
Normas naturales: formulan imperativamente los deberes ordenadas al bien personal del hombre.
Normas jurídicas: son aquellas que expresan los deberes ordenados a la perfección de la vida humana social en otras palabras el bien común el sentirse seguro y respaldado en muchos ámbitos de la vida.
Normas religiosas: son aquellas que formulan los deberes al bien sobrenatural donde debe existir el respeto sobre el hombre, considerando este como ser divino a Dios.
Características de las normas jurídicas: estas se enlazan con las distinciones del sistema jurídico normativo.
Abstracción: esta dice que es aplicable a todo excluyendo a individuos y particulares por ejemplo la Constitución Nacional.
Imperatividad: es cuando las leyes explican o traducen un mandato de cómo va hacer este mismo por las normas que se regirá.
Legitimidad: esta es organizada por los órganos legislativos pertinentes.
Sanción: es una consecuencia jurídica que se le aplica a todos aquellos que incumplan con la ley o tengan una conducta no deseada dentro de una sociedad.
La pirámide de Kelsen.
Esta pirámide fue diseñada para que halla una jerarquía con las leyes y cada una tenga su propia peso a la hora de ejecutar las leyes. Esta refleja a la constitución nacional como ley suprema de cualquier país y la denomino por el rango constitucional, siguiéndole las leyes orgánicas con rango legal por ejemplo el código civil, la lopna, las leyes ordinarias con rango sub. legal son todos aquellas leyes y demás que son hechas por la asamblea nacional, en otro escalafón se encuentran los reglamentos y otros.
Clasificación de las normas jurídicas: existen muy variados criterios de división de las normas jurídicas:
Nacionales: son aquellas que se pueden ejecutar dentro del territorio nacional
Extranjeras: son las que son creadas fuera de nuestro territorio y por lo tanto Venezuela no las podrá ejecutar.
Derecho uniforme: son las que desarrollan dentro de los sindicatos, huelgas, tratados internacionales.
lunes, 20 de agosto de 2007
El Derecho.
Tema IV.
El Derecho.
El derecho es el arte ciencia de lo mandado por lo racional y lo bueno y que se manifiesta por medio de la ley, existen varios tipos de derecho:
El Derecho.
El derecho es el arte ciencia de lo mandado por lo racional y lo bueno y que se manifiesta por medio de la ley, existen varios tipos de derecho:
- Derecho positivo:es el conjunto de reglas que son creadas por el hombre con el fin de alcanzar el bien comun en la sociedad estas mismas tendran concecuencia y sanciones para el que no las cumpla.
- Derecho objetivo: es el derecho que regula el sistema de vida de una sociedad el cual se relaciona son todas las leyes que se rige una nacion como ejemplos las LOPNA, el codigo civil y otros. De este derecho se derivany se clasifica de la siguiente manera:
- Derecho publico: es el que tiene que ver con el funcionamiento del estado y se divide en derecho privado, drecho social o mixto
- Derecho subjetivo:es aquel que nos beneficia de manera que tenemos la potestad de exigir un derecho fresnte a otrso sujetos por ejemplo los contratos y otros.
- Derecho natural:es el conjunto de leyes el cual respaldan a una persona y son las que emanan la propia naturaleza y entran en juego cuando se violan los derechos humanos.
- Derecho moral: es el conjunto de noramas que regualan el sistema de vida estas exigene impeden a la comunidada a su imcumplimiento es lo que la sociedad dicte y todos los actos seran rechazados o aceptados por esta misma.
Fines del derecho.
- Justicia: la justicia no es otra cosa mas que darle la perpetua voluntad de dar a cada uno lo que merece o lo suyo. la justicia de divide en tres ideas:
- Idea de proporcionalidad: es el equilibrio que resulta del efecto de las cosas en otras palabras es hacrele a alguien lo que le hacen.
- Idea de igualdad: consiste en que la justicia sea igual para todos que si un caso se trata de una forma otro sin ninguna execpcion debe ser tratado igual.
- Idea de alteridad: es la relacion que existe entre hombre-hombre.
- El Bien Comun: es la obligacion que tiene el estado para satisfacer las necesidades materiales, intelectuales y morales a todos los que integran el estado.
- seguridad juridica: es la confianza que origina el conocimiento de las reglas por las cuales se rige un pais y le permite a sus integrantes sentir seguridad y protegidos de sus bienes y ejercer sus derechos.
El Poder Publico.
Tema III.
El poder publico.
El poder publico es por el que se va a regir un estado, son todas las acciones y funciones que se hacen a traves de los distintos organos correspondientes con el fin de cumplir los objetivos y metas palanteadas. En nustra constitucion encontraremos como se divide especificamente el poder publico en nuestro pais entre las que se encuentran las siguientes funciones:
El poder publico.
El poder publico es por el que se va a regir un estado, son todas las acciones y funciones que se hacen a traves de los distintos organos correspondientes con el fin de cumplir los objetivos y metas palanteadas. En nustra constitucion encontraremos como se divide especificamente el poder publico en nuestro pais entre las que se encuentran las siguientes funciones:
- funcion Legislativa: es la encargada de formular las normas juridicasy esta representado por la Asamblea Nacional e integrada por dipùtados, algunas de sus funciones son propones enmiendas y reformas a la constitucion, ejerce funciones de control sobre el gobierno y la administracion publica entre otras.
- Funcion ejecutiva: es la encargada de ejecutar las leyes, gobierna y administra es el que hace y lleva acabo las funciones del estado y esta conformado por el presidente de la Republica el Vice-presidente y los ministros. Algunas de sus funciones las de cumplir y hacer cumplir la constitucion, dirigir la fuerza armada de Venezuela entre otras.
- Funcion Judicial: Administra la justicia acorde con la ley esta funcion la ejerce el tribunal supremo de justicia, los demas tribunales de la republica y esta intengrada por el ministerio publico y a la cabeza se encuentra el Fiscal General de la Republica.
- funcion electoral: Lo ejerce el C.N.E. como ente rector y como organismos subordinados la junta electoral nacional y la comision de registro civil entre otros.
- funcion ciudadano: se ejerce por el consejo moral Republicano integrado por el defensor del pueblo, el fiscal y el contralor general de la republica.
- funcion publico estatal: los estados son entidades autonomas e iguales e iguales en lo politico, con personalidad plena y quedan obligados a mantener la independencia, soberania e integridad nacional.
- Funcion estatal: los municipios constituyen la unidad politica primaria de la organizacion nacional y estos tambien gozan de autonomia y personalidad jurica.
LA CONSTITUCIÓN
Tema II.
La constitucion.
La constitucion es el documento que representa un pais esta contiene las leyes por las cuales se va a regir una nacion o un pais, la carta magna como tambien le dicen a la constitucion va a servir como guia para todas aquellas personas la acaten y la cumplan con el fin de que halla paz y se respete la soberania de cada nacion. La constitucion surgio de la revolucion francesa de 1787 y de la constituciones de los E.U.A ya que estas han servido de guia a la mayoria de las constituciones que existen en el mundo. En nuestro pais la constitucion se le han hecho varias reformas como fue en el caso de 1961 y la ultima que fue el 15 de diciembre de 1999 que es por que actualmente nos regimos, aunque nuestros representantes aspiran hacerle una nueva reforma para hacerle algunos cambios que ameritan para respaldar su gobierno. los fines de la constitucion son por nombrar algunas declarar la forma de organizacion politica en la cual se encuentra un estado, otra es fijar la competencia de los poderes publicos y los principios de libertad, solidaridad, derechos humanos, y la igualdad de los ciudadanos frente a la ley.
Existen dos tipos de constituciones las rigidas y las flexibles:
- las rigidas: son todas aquellas que no se pueden modificar sino con un procedimeinto especial.
- las flexibles: son todas aquellas que se peuden modificar de forma como las leyes ordinarias.
Estructura de la constitucion:
- Preambulo: es la antesala, el prologo o introduccion de este gran importante texto.
- Parte dogmatica: esta representada por los derechos individuales, la vida y la defensa de un pais.
- Parte organica.
- Disposiones transitorias.
EL ESTADO
TEMA I.
EL ESTADO.
EL ESTADO.
El estado es el poder supremo sobre un territorio definido y es el encargado de dirigir y administrar dicho territorio, fue creado por el hombre y esta comandada por los que son llamados lideres. Los fines del estado aparecen completamente indefinido, cualquiera que sean las funciones que realice como la administración de la justicia, la defensa militar, el control de la economía y otras mas. El estado surgió de 4 teorías:
Teoría del origen familiar del estado: el estado es una gran familia que con el tiempo va creciendo hasta volverse innumerable, la familia es la verdadera fuente y origen de toda nación y como miembro principal encontramos su cultura.
Teoría del conflicto y la violencia: todo estado surge de un conflicto o guerra, el movimiento u organización que se imponga en la guerra o conflicto es la que posee el poder político siempre es la más poderosa económicamente.
Teoría del origen pactado del estado del estado: es el derecho o el poder que tiene cada pueblo para elegir a su rey o representante.
Teoría del origen evolutivo del estado: el estado como organización es reciente ya que este viene de un proceso de muchos anos.
Elementos del estado.
Territorio: es el espacio geográfico donde habita un conglomerado humano ordenado jurídica y políticamente.
Población: es la organización del conglomerado humano y se le llama sociedad.
Poder: es con lo que cuenta un hombre de imponer su voluntad hasta contra la oposición de los demás miembros.
Soberanía: es la posibilidad que tiene para auto mandarse o auto gobernarse sin la intervención de alguien o una fuerza ajena.
Tipos de ideales de autoridad de Máx. Weber.
Legal racional:
Tradicional: se relaciona con la tradición, las costumbres, la creencia y de resto como se regula la humanidad, en este caso el poder lo ejerce el más antiguo por ejemplo la iglesia.
Carismática autoridades:
Suscribirse a:
Entradas (Atom)